Visión misógina del adulterio en el México del siglo XVIII

Una historiadora analizó varios casos ocurridos en la capital de la Nueva España; este comportamiento siempre ha sido condenado, sobre todo cuando quien lo hace es una mujer

La académica. Fotos: Francisco Cruz.
La académica. Fotos: Francisco Cruz.

El adulterio es tan viejo como la humanidad. Desde la antigüedad hasta el presente ha sido un comportamiento cotidiano en las sociedades monógamas, y en todas ha sido condenado. No sólo es motivo de chisme e historia recontada en la literatura (Madame Bovary, Anna Karenina…), sino también objeto de estudio. Una muestra de ello es el libro No codiciarás la mujer ajena. El adulterio en las comunidades domésticas novohispanas. Ciudad de México, siglo XVIII, de Teresa Lozano Armendares, del Instituto de Investigaciones Históricas (IIH), el cual está basado en el análisis de documentos del Archivo General de la Nación.

“En la Nueva España del siglo XVIII, al igual que en el México de hoy, el adulterio era un pecado para la Iglesia católica, aunque ahora seamos una sociedad más secularizada, más laica”, dijo la historiadora universitaria.

La Iglesia católica lo considera un pecado porque transgrede el acuerdo sagrado que es el matrimonio, modelo de casamiento que fue asimilado en ese entonces por la sociedad novohispana y que establece, entre otras reglas, que los cónyuges se deben mutua fidelidad, sin poder volver a casarse en vida del otro.

“En aquel tiempo, era el único tipo de matrimonio que había. El casamiento civil no se estableció en México hasta el siglo XIX, con las Leyes de Reforma. Y el divorcio, como lo conocemos hoy, no se reconoció en México hasta el siglo XX, con la Constitución de 1917. En el siglo XVIII no existía para la Iglesia católica, que difícilmente daba cauce al divorcio eclesiástico: era un proceso carísimo y larguísimo”, apuntó.

Ante la Ley de Dios y el Provisorato (juez eclesiástico), las causas principales que podrían conducir a la separación de una pareja eran el adulterio, el cual tenía que ser probado in fraganti; y la sevicia (excesiva crueldad, física o moral, ejercida por alguno de los cónyuges), la cual podría ser consumada y futura (es decir, proferida como amenaza).

“El divorcio se reducía a la separación de bienes y habitación entre el marido y la mujer, sin que ninguno de los dos quedara libre para casarse luego con otra persona”, explicó.

Por eso, Lozano Armendares distingue en su libro entre adulterio simultáneo a la vida conyugal y adulterio posterior a la separación. Siempre y cuando su pareja estuviera viva, seguía cometiendo adulterio quien, habiéndose divorciado, mantenía relación con otra u otro. Porque, de acuerdo con el catolicismo, el matrimonio no sólo es un sacramento, sino un compromiso para toda la vida.

“En el siglo XVIII era factible cumplir esa promesa, pues la muerte separaba muy pronto a los esposos. No se vivía más de 35 ó 40 años. Quien llegaba a los 50, ya era muy viejo. Hoy, que el promedio de vida rebasa los 70 años, es difícil cumplir con el compromiso de quererse y respetarse todos los días hasta que la muerte los separe.”

“En la Nueva España del siglo XVIII, al igual que en el México de hoy, el adulterio era un pecado para la Iglesia católica, aunque ahora seamos una sociedad más secularizada, más laica”

Teresa Lozano Armendares | Instituto de Investigaciones Históricas

Pecado y delito

Pecado, según el sexto (“no fornicarás”) y noveno (“no desearás la mujer de tu prójimo”) mandamientos, y delito (se seguía de oficio), el adulterio era sancionado en esa época por una doble moral.

Las autoridades y la sociedad lo condenaban, pero más el cometido por las mujeres porque se consideraba que el matrimonio era el único marco permitido para la sexualidad femenina.

“Había una visión misógina que circunscribía a las mujeres al ámbito de lo doméstico y a los hombres al de lo público. Se creía que las adúlteras eran las causantes de provocar en los hombres un deseo carnal continuo e irrefrenable que éstos no podían controlar”, afirmó la académica.

La cultura machista del siglo XVIII propiciaba también que ellas estuvieran preparadas mentalmente para la probable infidelidad de sus maridos. Así que si eran engañadas, se sentían ofendidas y menospreciadas, pero de una forma u otra sabían que aquéllos fácilmente podrían serles infieles. Los hombres, en cambio, esperaban fidelidad absoluta de sus mujeres, pues estaban convencidos de que ésta era un atributo propio de su sexo.

“En la actualidad, el adulterio femenino también es mal visto, incluso por la propias mujeres. Los hombres se vanaglorian de engañar a su esposa. Pero una adúltera no anda presumiendo que engaña a su esposo. Cuida que no se sepa. Quizá las jóvenes ya no tanto.”

En caso de adulterio, la mujer engañada acudía primero a las autoridades eclesiásticas y, si no se solucionaba la desavenencia conyugal, recurría al juez para arreglar su matrimonio.

“Previa denuncia de la esposa, el adúltero era reconvenido por la autoridad eclesiástica (la Iglesia siempre está para perdonar) o, si la engañada lo solicitaba, aunque muchas veces nadie le hacía caso, se le penalizaba con cárcel. Pero su encarcelamiento era temporal porque ella, por necesidad económica (era mantenida por el marido) y convencida por el párroco de su comunidad o por el provisor del Arzobispado, terminaba por perdonarlo”, informó Lozano.

Al revés: el marido engañado. Las autoridades evitaban hacer pública la infidelidad de la cónyuge, para proteger su honor y nombre, más si era un hombre rico. “Él llevaba la peor parte, porque al engañado le salen unos cuernos que no desaparecen. Siempre será un cornudo y ante la sociedad eso es horrible”.

Por una especie de derecho consuetudinario, el cornudo podía matar a los amantes si los descubría in fraganti. Pero eso nunca ocurrió, al menos en las 609 comunidades domésticas que Lozano Armendares analizó y de las cuales 115 vivieron la experiencia del adulterio.

Sin embargo, el esposo engañado podía pedir la reclusión de la mujer adúltera en algún convento o casa, que podía ser de por vida o hasta que él la perdonara.

Sobre la etimología de la palabra cornudo hay varios pareceres. El texto Tesoro de la lengua castellana o española (1721), de Sebastián de Covarrubias, señala que “cornudo vale tanto como corde nudos porque no tiene corazón, ni ánimo para mirar por el honor suyo”; más adelante se lee que proviene del arábigo carran, “a quien su mujer hace traición”.

Cornudo o cabrón

“La expresión ‘poner los cuernos’ deriva de que Mercurio, en figura de cabrón, tuvo ayuntamiento con Penélope, mujer de Ulises, del cual nació el dios Pan, con cuernos, y de esta manera se los puso al marido. El cornudo es un macho cabrío, es decir, con cuernos. Cabrón es el marido de la adúltera, porque la cabra, con su lascivia, no se contenta con el ayuntamiento de un solo macho. Por eso llamarle cabrón a un hombre es lo mismo que decirle cornudo”, agrega. Además, según los expedientes analizados por Lozano Armendares, el adulterio es consecuencia de la mala relación entre esposos, del desgaste cotidiano, de la tentación siempre presente, del ánimo de aventura, del desprecio por las normas, de la insatisfacción sexual… y de la búsqueda de la felicidad fuera del matrimonio.

Indican también que ni la conciliación matrimonial ni el divorcio impidieron en muchos casos la reincidencia, sobre todo de personas ricas que se podían dar el lujo de mantener dos casas: una grande y una chica.

“A la mujer de la casa grande no le quedaba más remedio que aguantarse. Eso sigue viéndose hoy: hay muchísimas mujeres que se aguantan”, comentó.

La historiadora analizó casos descubiertos y denunciados, pero seguramente hubo muchos más en los que la mujer debió sufrir en silencio por infidelidad.

“En la capital novohispana del siglo XVIII, muchas parejas resolvieron sus necesidades humanas con un comportamiento pleno de retozos, ósculos, manoseos, abrazos y mucho amor, que fue más frecuente que el de la fidelidad al juramento que hicieron ante Dios”, finalizó.

Imagen de la portada de No codiciarás la mujer ajena…
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