152 millones de niños trabajan en el mundo

África, con el mayor índice; en México, 3.3 millones realizan alguna actividad laboral; de ese total, dos millones desempeñan tareas peligrosas o prohibidas

En el mundo 152 millones de niños están sometidos a trabajo, y de ellos más de la mitad realiza labores peligrosas que ponen en riesgo su salud, seguridad y desarrollo físico, mental, social y educativo, de acuerdo con la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

África se ubica en el primer lugar con 19.6 por ciento; es decir, 72 millones en términos absolutos de pequeños en esa condición, seguido de Asia y el Pacífico con siete por ciento (62 millones). Además, siete de cada 10 se dedican a la agricultura –de subsistencia o comercial– e incluye pesca, silvicultura, ganadería y acuicultura; 17 por ciento en servicios y 12 por ciento en el sector industrial, incluida la minería.

En México, cifras de la Encuesta Nacional de Trabajo Infantil 2019, del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, revelaron que 3.3 millones de menores, de entre cinco y 17 años, laboran, lo que equivale a 11.5 por ciento de la niñez aquí. De ese total, dos millones desempeñaban labores peligrosas o prohibidas y no tenían la edad mínima para estas actividades, según los convenios, recomendaciones internacionales y la legislación nacional.

Gabriela Ruiz Serrano, académica de la Escuela Nacional de Trabajo Social, manifiesta que a partir de estudios efectuados por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia “sabemos que, en ese aspecto, estados como Oaxaca, Puebla y Chiapas son las entidades federativas que ocupan los principales lugares de explotación laboral. Nuevo León, Ciudad de México y Baja California son, quizá, los estados con menos estadísticas en este tema”.

Oaxaca, Puebla y Chiapas son las entidades federativas que ocupan los principales lugares de explotación laboral”

Gabriela Ruiz Serrano
Escuela Nacional de Trabajo Social

Actuar ahora

Con motivo del Día Mundial contra el Trabajo Infantil, que se conmemora el 12 de junio con el tema ¡Actuar ahora: poner fin al trabajo infantil!, expresa que este fenómeno se presenta principalmente en estados donde las condiciones son precarias, niveles educativos e ingresos per cápita bajos y pobreza extrema que coloca a esta población en condiciones desfavorables. En ese sentido refiere la importancia de comprender dónde se presenta de manera compleja, toda vez que no se trata de un hecho aislado.

Al respecto, la OIT señala que se ha demostrado un vínculo entre la pobreza de los hogares y el trabajo infantil, condición que la perpetúa por generaciones, deja a los hijos de las familias fuera de la escuela y limita sus posibilidades de ascender en la escala social.

Ruiz Serrano menciona que el Protocolo de Palermo, instrumento internacional que configura la trata de personas, reconoce la explotación laboral como una forma más de este delito y se vincula a prácticas mediante las cuales los menores son utilizados para beneficio de terceras personas.

Este fenómeno se presenta principalmente en estados con condiciones precarias.

Resalta que algunos ejemplos son el uso de sus cuerpos con fines de prostitución sexual, pornografía y tareas peligrosas que pone en riesgo su salud como en algunas textileras donde los emplean para cargar o hilvanar; se trata particularmente de empresas trasnacionales que se aprovechan de sus condiciones altamente precarizadas y las de sus familias.

Cuando se incorporan a un sitio por una remuneración económica y renuncian a sus derechos esenciales que favorecen su desarrollo biopsicosocial, “entonces estamos frente a un fenómeno que se puede reconocer como una explotación laboral infantil”.

La especialista en el tema de trata de personas aclara que trabajar no necesariamente tiene que ser perjudicial para ellos; es decir, hay una diferencia entre éste y la explotación.

El primero está presente en las sociedades como una práctica histórico-social, donde la infancia puede incorporarse a diversas tareas en sus comunidades o espacios familiares y aprender un oficio o una actividad agrícola, por ejemplo, lo cual contribuye a su desarrollo y les permite tener sentido de pertenencia, así como mayor cohesión comunitaria y familiar.

Siempre y cuando se satisfagan los derechos fundamentales de los pequeños para su desarrollo integral, el trabajo puede configurarse como un elemento más en sus actividades.

Pornografía

Ruiz Serrano se refiere a esta otra forma de explotación y señala que se incrementó 300 por ciento, de acuerdo con estudios de la Red de los Derechos de la Infancia en México, y nuestro país ocupa el primer lugar como productor de este tipo de materiales.

Esa no es una situación menor; por ello, es indispensable generar condiciones de protección, “aunque siempre he sido enfática en señalar que no sólo es pensar en las niñas y los niños, sino también en la adolescencia y en sus contextos familiares y comunitarios. En la medida en que su espacio social y sus vínculos estén fortalecidos, ellos estarán en mejores condiciones para desarrollarse”.

Para la especialista debemos ser conscientes y sensibles frente a esta situación. Hay diferentes líneas y niveles de intervención; por ejemplo, los tomadores de decisiones con la construcción de política pública, y las instancias gubernamentales a partir de la operacionalización de programas centrados en la erradicación y atención de los sistemas de familia comunitarios.

“Pero también el gran papel que tenemos los sistemas de familia en la protección y cuidado de nuestra niñez. Me parece que, desde la perspectiva académica, las y los universitarios tenemos la obligación de involucrarnos, hacer análisis, reflexiones e investigaciones que puedan derivar en un conocimiento concreto y, a partir de éstas, desencadenar propuestas que realmente tengan un impacto social”, concluye.

El trabajo infantil, prohibido en el derecho internacional, comprende tres categorías: las formas peores, como esclavitud, trata de personas, servidumbre por deudas y otras expresiones de trabajo forzoso, como reclutamiento obligado para utilizarlos en conflictos armados, prostitución y pornografía, abarcan una primera.

La segunda, las labores realizadas por quienes no alcanzan la edad mínima especificada según la legislación nacional y las normas internacionalmente aceptadas, que impidan su educación y pleno desarrollo. Y la tercera, aquellas acciones que pongan en peligro el bienestar físico, mental o moral de los menores, ya sea por su propia naturaleza o las condiciones en que se ejecutan.

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