Avalan modificaciones al reglamento

El pleno del Consejo Universitario también aprobó diversas modificaciones al Reglamento del Tribunal Universitario que dan certeza y protegen los derechos de la comunidad. Por ejemplo, en el artículo 1 se especifica con claridad que el Proceso Disciplinario en todo momento se conducirá respetando el principio de presunción de inocencia.
Además, que la Universidad reconoce en todo momento la libertad de expresión, manifestación y protesta como parte esencial de la convivencia universitaria. “La disciplina universitaria siempre debe buscar el ejercicio y la protección de los derechos de todas las personas integrantes de la comunidad”, señala.
El artículo 14 establece un plazo para la investigación de casos. Subraya que las entidades o dependencias contarán con hasta 20 días hábiles para ello, desde el momento en que inicie el procedimiento, de acuerdo con lo establecido en la fracción I para garantizar procesos ágiles y claros.
El artículo 14 bis se relaciona con “Acuerdos conciliatorios”, en aquellos casos donde la investigación concluya que se presentaron conductas previstas en el artículo 95 del Estatuto General como causas especialmente graves de responsabilidad, y que no encuadran en las fracciones II, III, IV, V, VI y VIII del mismo; en esos casos, las autoridades de las entidades académicas podrán llevar a cabo acuerdos conciliatorios pudiendo solicitar el auxilio del personal del Tribunal.
“La celebración de los Acuerdos Conciliatorios dará por terminado el procedimiento disciplinario. En caso de no culminar el Acuerdo Conciliatorio, por cualquier motivo, o la persona autora de la conducta que dio motivo a éste incumpliera los términos del Acuerdo, el procedimiento disciplinario continuará su curso”, establece la norma.