Día Internacional de las Trabajadoras del Hogar

Más de 2.3 millones de personas se dedican al trabajo del hogar en México, nueve de cada diez son mujeres; un tercio (36%) comenzó a trabajar siendo menor de edad, según datos de CONAPRED.

Las trabajadoras del hogar han sido históricamente objeto de una discriminación estructural en México, donde han enfrentado obstáculos para ejercer sus derechos. La mayor parte de la sociedad no considera este tipo de empleo como una ocupación “real”, sino como parte de las actividades “normales” o “naturales” de las mujeres. Según consigna un estudio realizado por el Consejo Nacional Para Prevenir la Discriminación (CONAPRED), en México 2.3 millones de personas –el equivalente a la población total de Tabasco– se dedican al trabajo del hogar y nueve de cada diez son mujeres (INEGI 2018).

Éste es un sector laboral particularmente invisible y estigmatizado. Las condiciones que las trabajadoras del hogar enfrentan son difíciles e inequitativas comparadas con otros sectores. Las leyes actuales permiten que jornadas de hasta de doce horas, sin derechos laborales, seguridad social, contratos, garantías de pensión o posibilidad de ahorro, entre otras privaciones. Esta situación interactúa, además, con la diversidad de arreglos laborales (“de planta”, por días, horas o eventuales). Ante la ausencia de normas que garanticen sus derechos, las trabajadoras del hogar se encuentran en una grave situación de vulnerabilidad.

Temas a resolver

Activistas han buscado en los últimos años que México ratifique el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo. Se trata de la primera norma internacional con medidas específicas para mejorar las condiciones de vida de las trabajadoras del hogar. El documento ha sido ratificado por un total de 25 países; en América Latina, está en vigor en Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, República Dominicana, Ecuador, Guyana, Jamaica, Nicaragua, Panamá, Paraguay y Uruguay.

En enero de 2019, Brasil se unió al convenio. Además de la ratificación de éste, México debe reformar las leyes vigentes –particularmente la Ley Federal del Trabajo y la Ley de Seguridad Social– para reconocer plenamente los derechos de las trabajadoras del hogar. Asimismo, debe crear los incentivos necesarios para que los empleadores cumplan con las mismas obligaciones que se establecen en otras profesiones.

Datos duros

La Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo del primer trimestre de 2018 (INEGI), señaló el 92% de quienes se dedican al trabajo del hogar remunerado son mujeres. El promedio de escolaridad de la población ocupada en México mayor a 15 años, equivale a 10 años. Para los hombres trabajadores del hogar, el promedio disminuye a ocho; para las mujeres del mismo oficio, a siete (STPS 2016).

Los hombres que se dedican al trabajo del hogar remunerado gozan de mejores condiciones laborales que sus contrapartes mujeres. Por ejemplo, tres de cada diez hombres trabajadores del hogar (29.3%) percibe hasta dos salarios mínimos. Entre las mujeres, la proporción aumenta a cuatro de cada diez, el 41.8% (STPS 2016). Mientras que 83.2% de los hombres en esta ocupación no tiene acceso a servicios de salud, la proporción entre las mujeres aumenta a 98.1% (STPS 2016).

Entre las trabajadoras que participaron en una encuesta del CONAPRED (2015), un tercio (36%) comenzó a trabajar siendo menor de edad; de hecho, una de cada cinco (21%) lo hizo entre los 10 y los 15 años, edades en las cuales el trabajo es ilegal. 96% de las trabajadoras del hogar encuestadas en el mismo estudio no contaba con un contrato escrito que especificara sus actividades.

Los resultados del estudio arriba mencionado también muestran que cuatro de cada cinco de las trabajadoras encuestadas (81%) se emplean en el trabajo doméstico por razones de necesidad económica y por factores asociados a la marginación y la pobreza, como escaso alcance educativo y falta de oportunidades (CONAPRED 2015).

Discriminación

Actualemnte el Estado mexicano permite la discriminación contra las trabajadoras del hogar. La Ley de Seguridad Social, por ejemplo, establece en su artículo 12 que la afiliación de las éstas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es voluntaria y no obligatoria, una marcada diferencia con otras ocupaciones.

Por su parte, la Ley Federal del Trabajo (en su artículo 333) específica nueve horas de descanso diario y tres horas de descanso entre actividades matutinas y vespertinas. Esto permite que una trabajadora del hogar, pueda llegar a laborar hasta 12 horas diarias cuando su empleador así lo desee.

Existen actitudes discriminatorias que legitiman ese trato diferenciado, al respecto, una encuesta telefónica realizada en 2014 (CESOP) apunta que una de cada veinte personas admitió no estar de acuerdo con que las trabajadoras del hogar tuvieran vacaciones pagadas (7%) o un contrato escrito (4%). Esto crea barreras que impiden el ejercicio de sus derechos.

La Encuesta Nacional sobre Discriminación del 2017, reveló que solo una de cada 10 trabajadoras del hogar (12%) cuenta con alguna prestación laboral (aguinaldo, vacaciones o seguro médico), y apenas 2% tiene contrato.

Comparadas con quienes realizan tareas similares en otros espacios, las trabajadoras del hogar están en desventaja. Por ejemplo, más de un tercio de este sector percibe menos de un salario mínimo (36%), mientras que la proporción cae a una de cada 10 entre quienes hacen un trabajo similar en establecimientos comerciales, según datos del STPS 2016.

Estas situaciones definen las percepciones de las trabajadoras del hogar sobre su propia ocupación. En la Enadis 2017 (CONAPRED), la mitad de este sector (48%) afirmó que la falta de prestaciones laborales era su principal problema, mientras que un tercio (32%) dijo lo mismo de las “malas condiciones de trabajo”.

El CONAPRED ha atendido varios casos sobre discriminación en este ámbito. Entre junio de 2012 y junio de 2018, se calificaron 26 expedientes como presuntos actos de discriminación hacia personas trabajadoras del hogar: 23 contra particulares y tres contra personas servidoras públicas. Los actos denunciados sucedieron principalmente en el ámbito laboral, en la mayoría de los casos por la condición social y económica de las denunciantes. En un gran porcentaje de estos se llegó a un acuerdo entre las partes y se impartieron cursos de igualdad y no discriminación, se pidieron disculpas públicas y se cambiaron los reglamentos internos de condominios.

Avance en políticas públicas

El primer sindicato de trabajadoras y trabajadores del hogar en la historia de México quedó legalmente constituido en febrero de 2016, luego de que la Junta Local de Conciliación y Arbitraje 4 de la CDMX otorgó el registro a sus dirigentes. Este sindicato elaboró un contrato colectivo, que presentó el CONAPRED en diciembre del mismo año. El documento establece claramente derechos y obligaciones: acceso a seguridad social, salario con base en horas laboradas, vacaciones y aguinaldo. Además, el Consejo impulsó diversas campañas para reivindicar los derechos de las trabajadoras del hogar.

Por ejemplo, en 2015, creó la campaña “Trabajo digno” para dar a conocer los derechos de estas personas. La segunda fase de esa campaña se lanzó un año después, estaba enfocada en garantizar un trato respetuoso y digno para las trabajadoras del hogar, darles información sobre su derecho a la igualdad y la no discriminación y promover el reconocimiento de los derechos laborales. Ese mismo año, el CONAPRED también realizó la exposición “Hogar Justo Hogar”, para alertar sobre las condiciones de precariedad laboral que enfrentan las trabajadoras del hogar en nuestro país.

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