Con las recientes modificaciones a la Ley General de Bibliotecas, aprobadas el 27 de noviembre de 2020 por la Cámara de Senadores y el 30 de abril del presente año por la Cámara de Diputados, se pretende impulsar el acceso de la población a los acervos bibliográficos y hemerográficos (impresos y digitales) de las bibliotecas del país y, así, fomentar la lectura, la educación y la investigación.
“El último cambio sustancial que se le hizo a la Ley General de Bibliotecas fue en 1988, es decir, hace 33 años. Ahora, estas modificaciones promueven, entre otras cosas, el mejoramiento de los recintos, la profesionalización de los servicios bibliotecarios y la actualización de las normas que rigen la figura del depósito legal”, dice Pablo Mora Pérez-Tejada, director del Instituto de Investigaciones Bibliográficas de la UNAM.
Biblioteca rectora
Una de las más importantes medidas adoptadas en esta nueva ley, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de junio de 2021, es la designación de la Biblioteca de México como la biblioteca rectora de la Red Nacional de Bibliotecas Públicas (según dicha ley, el concepto Biblioteca de México debe entenderse como el conjunto de acervos y recursos de la Biblioteca de México, localizada en La Ciudadela, pero también de la Biblioteca Vasconcelos, localizada a un costado de la antigua estación de ferrocarriles de la Ciudad de México).
Otra modificación sustancial es la que se refiere a la figura del depósito legal, la cual establece que los editores y productores de materiales bibliográficos y documentales tienen la obligación de entregar un número determinado de ejemplares de sus obras a ciertas bibliotecas.
Hasta antes de las modificaciones a la Ley General de Bibliotecas, los recintos encargados de recibir este depósito legal (dos ejemplares de cada obra: uno para su conservación y otro para su difusión) eran la Biblioteca Nacional de México, bajo custodia de la Universidad Nacional Autónoma de México desde 1929, y la Biblioteca del Congreso de la Unión.
“A estos dos recintos hoy se suma la Biblioteca de México, por lo que serán seis ejemplares de cada obra los que deberán entregar los editores y productores de materiales de contenido educativo, cultural, científico, técnico y de esparcimiento distribuidos de manera gratuita o comercial en todo el país. Esto permitirá no sólo preservarlos, sino también difundirlos mejor. En ese sentido, la figura del depósito legal se vuelve el instrumento clave de alimentación y retroalimentación de las bibliotecas”, apunta Mora Pérez-Tejada.
Sistema Nacional
Otro punto fundamental de esta nueva ley es la creación del Sistema Nacional de Bibliotecas, el cual estará integrado por las bibliotecas de universidades públicas, organismos especializados y entidades privadas.
Su objetivo será intercambiar información y facilitar la prestación de los servicios bibliotecarios, incluidos los digitales, para el público en general y especializado.
“Este Sistema Nacional de Bibliotecas contará con un Consejo Consultivo que podrá aportar ideas para enriquecer el trabajo conjunto”, agrega el funcionario universitario.
Participación de la UNAM
La UNAM, mediante el Instituto de Investigaciones Bibliográficas, entidad universitaria que administra y coordina la Biblioteca Nacional de México, participó en la elaboración de la nueva Ley General de Bibliotecas.
Al respecto, Mora Pérez-Tejada indica: “Entre las contribuciones de la Biblioteca Nacional de México a esta nueva ley destaca un glosario en el que se define claramente cuál es la función de cada biblioteca, sobre todo de las depositarias. Este glosario también incorpora otro tipo de definiciones relacionadas con los desarrollos tecnológicos que han surgido a partir de la incorporación de los libros electrónicos y otras plataformas educativas digitales.”
En opinión del funcionario, gracias a la nueva Ley General de Bibliotecas, los vasos comunicantes entre estos recintos se han abierto para trabajar conjuntamente en aspectos que deben impactar a los lectores y fomentar la lectura en el país.
“Creo que ésta es una gran oportunidad. Simplemente debemos seguir adelante con una buena coordinación. Desde la Biblioteca Nacional de México continuaremos haciendo nuestra labor, que consiste en catalogar y difundir nuestro patrimonio bibliográfico, fomentar la lectura y, por supuesto, crear nuevos sistemas de recolección del depósito legal y avanzar en la digitalización de nuestros acervos.”
Recuadros:
Insuficiente
La Red Nacional de Bibliotecas Públicas, conformada por 7 mil 454 recintos distribuidos a lo largo y ancho del país, ofrece servicios bibliotecarios gratuitos a más de 30 millones de usuarios. Con todo, aún sigue siendo insuficiente, ya que 175 municipios no cuentan con ninguno de estos servicios y muchos municipios sólo disponen de una biblioteca.
La frase
“Ahora, estas modificaciones promueven, entre otras cosas, el mejoramiento de los recintos, la profesionalización de los servicios bibliotecarios y la actualización de las normas que rigen la figura del depósito legal”
Pablo Mora Pérez-Tejada
Director del Instituto de Investigaciones Bibliográficas
de la UNAM