Libertad e igualdad, derechos en juego en la justicia distributiva

Se apoya en subdisciplinas como la ética, ya que comprende una visión moral que tenemos de los seres humanos

Paulette Dieterlen Struck. Foto: Gaceta UNAM.

Es necesario distinguir entre las teorías de la distribución que toman a los receptores como posibles productores, de aquellas que consideran que para producir se deben tener ciertas necesidades básicas satisfechas y, por tanto, una política de distribución justa debe ser asistencial”, señaló Paulette Dieterlen Struck, investigadora del Instituto de Investigaciones Filosóficas (IIFs), de la UNAM.

En su charla Bioética, justicia distributiva y salud, realizada en el marco de la Cátedra Extraordinaria de Bioética. Problemas Bioéticos Contemporáneos IV, la filósofa universitaria indicó que cuando se estudia el tema de justicia distributiva en materia de salud, “nos damos cuenta de que existen dos fases en las que entran en juego dos aspectos de la justicia: la curativa y la preventiva”.

En la primera de ellas, por ejemplo, cuando ocurrió la crisis sanitaria por la Covid-19, pese a las medidas preventivas que se establecieron para evitar y detener los contagios, el virus se propagó ocasionando que un buen número de personas murieran. Ello permite explicar lo que sucedió en México con los escasos recursos que se tenían para atender los casos de gravedad, desde el punto de vista de justicia distributiva en materia de salud.

Destacó que en ese momento pasó algo interesante en el país, cuando se pensó que la mejor manera de distribuir los recursos de salud era mediante un sistema denominado triage, un método de selección y clasificación de pacientes en el servicio de urgencias basado en sus necesidades terapéuticas y los recursos disponibles para atenderlos.

“Dicho sistema es lógico, pero tiene sus dificultades: se hace una división de tres categorías: los que están poco enfermos, los medianamente enfermos, y los que están a punto de morir. Aquí la pregunta fue ¿a quién se le daban los recursos?, obviamente a los segundos, los primeros no estaban tan mal, iban a salvarse solos; mientras que los terceros si estaban para morir ¿para qué usar recursos en ellos?”.

En el encuentro virtual organizado por el Programa Universitario de Bioética de la UNAM, la académica indicó que los derechos que se encuentran en juego cuando se habla de la justicia distributiva, son la libertad y la igualdad, “dependiendo del peso que se dé a éstos es la clase de teoría que se defiende”.

Recalcó que la justicia distributiva se apoya en diferentes subdisciplinas, por un lado, la ética, ya que comprende una visión moral que tenemos de los seres humanos; por otra parte, está unida a la filosofía política, puesto que detrás de las concepciones de la justicia se encuentra una visión determinada del Estado, es decir de qué se va a ocupar esto, en el caso de la Covid, el Estado lo adquirió como una responsabilidad (las medidas curativas y preventivas), aunque la medicina privada también cooperó.

Por último, también está ligada a la filosofía de la economía, es decir, cuando se deben distribuir de alguna manera recursos que resultan insuficientes. Entonces, “si intentamos dar una definición de la justicia distributiva, podemos decir que es la rama de la filosofía que se ocupa de estudiar la forma más justa en la que el Estado o una institución distribuye a las personas ciertos recursos, bienes o servicios que son, como había dicho, relativamente escasos”.

Señaló que otro tema que se discute cuando se hace referencia a los sujetos de la distribución es quién tiene la responsabilidad de otorgar los bienes, servicios y recursos: el Estado tiene una responsabilidad con los ciudadanos. Si consideramos seriamente los derechos económicos y sociales, tiene la obligación de evitar que existan las grandes desigualdades.

“Soy de quienes piensan que el Estado tiene la obligación, tal como está en la Constitución, de brindar protección a la salud; la desigualdad puede combatirse si se establecen mecanismos de impuestos justos que permitan que el Estado recupere suficientes recursos y que se empleen en la redistribución de bienes y servicios para otorgárselos a los ciudadanos menos favorecidos de la sociedad”, apuntó la especialista.

Una segunda posición considera que el Estado no tiene por qué realizar acciones de redistribución puesto que su único compromiso debe ser la seguridad de los ciudadanos, y esto se logra favoreciendo instituciones como la política, el ejército y aquellas que se encargan de impartir justicia como tribunales, juzgados y cárceles.

Asimismo, un tercer punto, quizá el más generalizado en países democráticos, consiste en la mezcla de las posturas anteriores. Quienes defienden esta posición piensan que el Estado tiene principalmente la obligación de establecer políticas redistributivas, pero no ven con malos ojos que particulares, a través de organizaciones no gubernamentales o empresas, conjuguen esfuerzos para mejorar la situación de los ciudadanos. Estas acciones están relacionadas con actividades como la filantropía y la caridad, concluyó.

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