Ciclo “Ética y responsabilidad social”
Un gobierno opaco tiende a ser menos democrático: Ricardo Alexis Uvalle
La transparencia, el acceso a la información y la protección de datos son derechos de los ciudadanos mexicanos, que tienen garantías desde las reformas constitucionales que se aprobaron en 2024, afirmó Ricardo Alexis Uvalle Aguilera, catedrático de derecho constitucional de la Facultad de Derecho (FD) de la UNAM.
“La transparencia tiene como condición esencial que el quehacer gubernamental sea público frente al ciudadano. Es decir, no debe haber ningún intermediario en la relación sociedad-gobierno-ciudadano-Estado al momento de hacer pública la información y el quehacer gubernamental”, aseguró.
En una conferencia sobre el tema ofrecida dentro del ciclo “Ética y responsabilidad social”, organizado por la Facultad de Ciencias (FC), el doctor en Derecho por el Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) explicó: “La transparencia es una garantía del gobierno democrático. A mayor transparencia en el quehacer del gobierno, más democrático es un Estado, no hay una relación causal. Pero en el sentido contrario, un gobierno que es opaco, que no es transparente, tiende como consecuencia lógica a ser también menos democrático”, consideró.
Precisó que la transparencia no solamente implica que la información de las instituciones del Estado esté a disposición de las personas y a un alcance fácil y comprensible para cualquiera que quiera consultar cuánto cuesta la financiación de un programa, una obra pública o en qué se está destinando el gasto público. Todo eso tiene que estar visible, comprensible y detallado, consideró.
Aclaró que el gobierno debe demostrar al ciudadano con datos, evidencia y suficiente soporte documental, cualquier información que éste quiera consultar.
“No se trata de mil páginas de servidores web que no sirven, son de difícil acceso y no están actualizadas, eso es cumplir a medias, desde una perspectiva muy poco funcional. La transparencia como exigencia democrática implica que todo sea de fácil acceso”, insistió.
Derecho a la información
Respecto del derecho de acceso a la información, Uvalle Aguilera dijo que éste se encuentra reconocido en la Constitución, pero requiere que existan los instrumentos y las garantías institucionales para poderlo hacer valer.
Detalló que en el sistema de transparencia vigente hasta 2024, la forma en la que el ciudadano podía ejercer este derecho eran las solicitudes de información.
“Cualquiera de nosotros podíamos consultar a las instancias de gobierno cierta información que considerábamos era de interés público. Hacíamos una solicitud, se canalizaba al órgano responsable en la distinta dependencia o entidad, dependiendo la naturaleza jurídica, y ella era la responsable de indagar, hacer las búsquedas y responder de manera clara, comprensible y accesible, con base en los lineamientos de las anteriores Ley de Transparencia General y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información”.
Si esa respuesta no le convencía al ciudadano, existía el recurso de revisión, que significaba que, al no estar conforme con la respuesta institucional del ámbito de gobierno, podía presentar un recurso ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos, institución que ya no existe.
“Ese diseño institucional de tener un órgano constitucional autónomo garantizaba, entre otras cosas, que el manejo de la información pública, las solicitudes de acceso a la información y el ejercicio del derecho y la potestad ciudadana estuvieran al margen de pugnas políticas y fuera técnica, imparcial y objetiva”.
En cuanto a la protección de datos, comentó que los datos personales forman parte de la información sensible que cualquiera de nosotros posee en el espacio público, en el ejercicio de los derechos ciudadanos, y que no quiere que esté accesible ni al gobierno ni a particulares.
Recordó que cuando los ciudadanos asistimos a alguna instancia público-privada en la que nos van a pedir información sensible o personal, en todos los establecimientos o instituciones es obligatorio que exista un aviso de privacidad. “Este aviso de privacidad implicaba una garantía de la protección de los datos personales, y el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos se consolidaba como el órgano garante de la protección institucional de su ejercicio”.
Comentó que la información sensible, como nombre, edad, estado civil, expediente clínico, datos biométricos, datos telefónicos y redes sociales, con esta protección no estaban al alcance de instituciones públicas.
“El problema ahora radica en que la protección de los datos personales funciona como ese mecanismo de protección, pero ya no existe el órgano responsable de garantizar ese mecanismo institucional. Eso pone en entredicho la vigencia de un mecanismo institucional idóneo para poderlo garantizar”.
El jurista concluyó que, si el Estado tiene información de cada ciudadano, somos vulnerables frente al poder y, por lo tanto, la democracia como forma de gobierno no se alcanza a garantizar del todo.