Invisibilizados, los derechos de niñas, niños y adolescentes

Aunque existen legalmente, en la realidad muchos no se respetan ni se conocen por la mayoría de la sociedad, afirmó Mónica González Contró, directora del IIJ

Foto: Francisco Parra.
La legislación en México referente al derecho de niñas, niños y adolescentes es bastante reciente. Hasta el año 2000 se reconocieron en el artículo cuarto de la Constitución Mexicana, mientras que en 2014 se aprobó la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, inspirada en un documento internacional de la Organización de las Naciones Unidas, afirmó la directora del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la UNAM, Mónica González Contró.

Reconoció que los derechos de los menores de edad en México están invisibilizados a nivel social y cultural y, aunque existen legalmente, en la realidad muchos no se respetan ni se conocen por la mayoría de la sociedad.

González Contró ofreció una conferencia magistral sobre el tema en el marco de las actividades paralelas a la exposición 10 en Humanidades, que se presenta en Universum para difundir diversas aportaciones de las ciencias sociales y las humanidades a la sociedad.

En el Foro de Química del recinto, la abogada recordó que el artículo primero de la Constitución dicta que en México todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Carta Magna y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como que queda prohibido todo tipo de discriminación.

“Sin embargo, en los hechos los menores de edad en nuestro país no tienen todos los derechos, y carecen de algunos como libertad de tránsito, derecho a la información, derecho a votar y ser votado, a contraer matrimonio o a trabajar antes de los 15 años”, señaló.

Para la experta, lo que impera en México es la “misopedia”, concepto que significa una aversión hacia niñas, niños y adolescentes, así como el “adultismo”, entendido como una actitud discriminatoria hacia las personas menores de edad con base en una supuesta superioridad de las personas adultas, así como hacer distinciones injustificadas basadas en la edad.

Según González Contró, “no son personas inferiores, sino capaces de interpelarnos, pero vivimos en un mundo adultocentrista”, comentó.

Describió al “adultocentrismo” como hacer de la perspectiva adulta el criterio exclusivo o prioritario para la visión del mundo, especialmente para calificar y valorar las conductas y percepciones de niñas, niños y adolescentes. “Impacta en la construcción de leyes, política, diseño, etc. Es el mundo construido desde la visión adulta”, aclaró.

Contenidos

Al detallar los contenidos de la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la especialista en esta materia mencionó que dicha ley considera los derechos a la vida, a la supervivencia y al desarrollo; los derechos de prioridad, identidad y vivir en familia; así como a la igualdad sustantiva, a no ser discriminado, a vivir en condiciones de bienestar y a un sano desarrollo.

Otros derechos que destacan en dicha ley son a una vida libre de violencia, a la integridad personal, a la protección a la salud y la seguridad social, a la inclusión en casos de discapacidad, al descanso y el esparcimiento, a la libertad de convicciones éticas, pensamiento, conciencia, religión y cultura, entre los más importantes.

Dicho documento legal también considera obligaciones por parte de quienes ejercen la patria potestad, tutela o guardia y custodia de menores.

González Contró propuso comenzar a utilizar el término “misopedia” para nombrar este menosprecio cultural hacia los menores, pues es la primera forma de hacer visible este problema legal y social.

Recordó que hay un bajo conocimiento cultural de las instituciones de protección a los menores, y lamentó que imperen hábitos de normalizar la violencia, como pegarles a niñas y niños, un hábito que naturaliza el castigo corporal.

“Tenemos que generar un profundo cambio cultural y caer en la cuenta de que estas actitudes y a veces la forma de hablar (“pareces niño, eres infantil”, etcétera) no corresponde con el reconocimiento de la dignidad de las personas”, concluyó.

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